Novedades

Novedades Semanales 25/09/2023

| REGÍMENES ESPECIALES POGRAMA “INSERTAR” |
Resolución (ME) nº 584/2023
Se crea el programa “INSERTAR”, que tiene por objeto la promoción del empleo y la generación de nuevos puestos de trabajo en Pequeñas y Medianas Empresas, vinculadas con actividades de la economía del conocimiento.

| IMPUESTO A LAS GANANCIAS DICTAMEN SOBRE DEDUCCIONES |
Dictamen (DNI) del 19/09/2023
La Dirección Nacional de Impuestos y el Ministerio de Economía, se expiden sobre la procedencia del incremento del 22% que compensa el mayor costo de vida que se experimenta en la zona patagónica.

| SEGURIDAD SOCIAL INDICADORES MÍNIMOS DE TRABAJADORES |
Resolución General (AFIP) nº 5419/2023
La AFIP incorpora nuevos Indicadores Mínimos de Trabajadores aplicables a la actividad de elaboración de productos marinos, a partir del 21 de septiembre.

| SEGURIDAD SOCIAL SECTOR SALUD |
Resolución General (AFIP) nº 5420/2023
La AFIP reglamenta el procedimiento de adhesión al beneficio de exención de contribuciones patronales, durante los meses de septiembre de 2023 a marzo de 2024, para los empleadores inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud que hayan asumido el Acuerdo de Compromiso de Cuotas.

| PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y AUTÓNOMOS BENEFICIOS |
Resolución (ME) nº 1416/2023
El Ministerio de Economía da a conocer las medidas que buscan beneficiar a pequeños contribuyentes y a autónomos. Estas medidas beneficiarán a los autónomos, monotributistas y otros pequeños contribuyentes, a través de planes de facilidades de pago y prórrogas de sus obligaciones. En el caso del régimen de retención de Ganancias -RG (AFIP) 830-, se actualizarán los importes de la escala y/o alícuotas aplicable para el pago de honorarios.

| MONOTRIBUTO SUSPENSIÓN DE EXCLUSIÓN |
Resolución General (AFIP) nº 5421/2023
Hasta el 31 de diciembre, la AFIP dejará de realizar los controles sistémicos que tienen como fin evaluar si corresponde la exclusión de pleno derecho de los monotributistas. Además, suspende transitoriamente las bajas por falta de pago, no computando los meses de septiembre a diciembre para la aplicación del mecanismo de baja automática del régimen.

PARA TENER EN CUENTA

AGIP — CABA: Régimen simplificado de ingresos brutos Recategorización cuatrimestral en CABA
Durante el mes de septiembre de 2023 debe efectuarse, en caso de corresponder, la recategorización en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La misma deberá realizarse mediante declaración jurada remitida por transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AGIP. Recordamos que la recategorización en el mencionado régimen deberá efectuarse cuatrimestralmente, en los meses de enero, mayo y septiembre (Res AGIP 95/2015) y que, por medio de la ley tarifaria 2023, art. 31, se han modificado las categorías y se han incrementado los valores de las cuotas bimestrales a ingresar. Se establece que podrán ingresar y permanecer en el Régimen quienes hayan obtenido en el período fiscal inmediato anterior ingresos brutos por un total de hasta $ 4.229.990,00. Es un régimen opcional. Los contribuyentes encuadrados en el Régimen Local en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires siempre que esa actividad que ejerza no se encuentre excluida. El encuadre en el Régimen se dará en categorías conforme los parámetros y tipo de actividad que lleve a cabo, siendo estos ingresos brutos, superficie afectada y energía eléctrica consumida.
A partir del 1 de enero 2023 se pueden incluir operaciones por hasta $ 4.229.990, de ingresos brutos totales y en el caso de venta de cosas muebles el precio máximo de venta es de $ 49.646,21. La recategorización se realiza enero, mayo y septiembre en forma cuatrimestral.

Riesgos del trabajo — suma fija destinada a la ART aplicable a partir de octubre de 2023
Se dispone que la suma fija a abonar por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales, será de un valor de $ 323, para las obligaciones con vencimiento a partir de octubre de 2023. Recordamos que el Decreto 590/1997 creó el Fondo para Fines Específicos que, a partir del año 2000, pasó a denominarse Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales o FFEP (D. 1278/2000).  Mediante la Resolución 467/2021, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (M.T.E. Y S.S.) estableció el mecanismo de actualización trimestral del valor de la suma fija mencionada, como una medida proporcionada a los fines de garantizar el debido financiamiento de las prestaciones. Además, la citada resolución encomienda a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, la publicación trimestral del valor de la suma con destino al FFEP. Posteriormente, el M.T.E. Y S.S. dispuso mediante la Resolución 649/2022 que el valor de la suma fija se incrementará mensualmente según la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (R.I.P.T.E.) -Índice no decreciente-, entre el segundo y el tercer mes anteriores al mes devengado que corresponda siendo de aplicación exclusivamente a unidades productivas del Régimen General.

MULTAS MATERIALES: el Tribunal Fiscal de la Nación revoca la multa por falta de acreditación del hecho base de las presunciones.
Pedone, Walter Ariel s/ recurso de apelación Tribunal Fiscal de la Nación, sala B, 19/05/2023. El TFN revocó la multa aplicada al considerar que el Fisco Nacional no alcanza a acreditar la supuesta maniobra ardidosa llevada a cabo por el contribuyente y a sustentarla -como es debido- en pruebas fehacientes y concretas de las que pueda extraerse y/o revelen el dolo atribuido por vía de la figura defraudatoria del art. 46 de la ley ritual y las presunciones de los inc. a, b y c del art. 47 endilgadas por el ente fiscal. Pedone, Walter Ariel s/ recurso de apelación Tribunal Fiscal de la Nación, sala B, 19/05/2023. El TFN revocó la multa aplicada al considerar que el Fisco Nacional no alcanza a acreditar la supuesta maniobra ardidosa llevada a cabo por el contribuyente y a sustentarla -como es debido- en pruebas fehacientes y concretas de las que pueda extraerse y/o revelen el dolo atribuido por vía de la figura defraudatoria del art. 46 de la ley ritual y las presunciones de los inc. a, b y c del art. 47 endilgadas por el ente fiscal.

AFIP — Nueva modalidad de pago utilizando BILLETERA VIRTUAL.
Billeteras Virtuales Quedan definidas como medio de pago aceptado para que los contribuyentes y responsables abonen sus obligaciones fiscales, los mencionados pagos pueden hacerse tanto con: a. código QR, b. Como con número de VEP (volante electrónico de pago).

MONOTRIBUTO. Actualización de los parámetros — Pedido del CPCE CABA.
El Consejo Profesional ha solicitado al Ministerio de Economía la actualización de los parámetros de  manera trimestral para los  contribuyentes del Régimen.

ANSES — Créditos para trabajadores en relación de dependencia Resolución ANSES 193 publicada en el BO el 15 9 23.
Trabajadores con ingresos brutos hasta $ 700.875 – Tramite personal en forma virtual. Pueden hacerlo a partir del 18 de setiembre ingresando con su Clave de la Seguridad Social a la web de ANSES y completar la “Solicitud de Préstamo”.

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Un abrazo
Humberto Diez

 

Noticia publicada el 25/09/2023 en la categoría NOVEDADES SEMANALES ( Novedades Semanales )